шаблоны joomla

¿Hay alguna normativa que regule la seguridad privada?

NORMA UNE-EN50131-1 PARA SEGURIDAD PRIVADA ORDEN MINISTERIAL INT/316/2011

El Comité Técnico TC79: Sistemas de Alarmas, dentro del CENELEC (Comité Europeo de Normalización Electrotécnica) confecciona la normativa que rige en nuestro sector a nivel europeo. Los miembros de CENELEC están sometidos al Reglamento Interior de CEN/CENELEC que define las condiciones dentro de las cuales debe adoptarse, sin modificación, la norma europea como nacional.

EN50131 es un conjunto de normas europeas que cubren el diseño e instalación de los sistemas de protección contra intrusión. La EN50131-1 es el documento principal que especifica los Requerimientos Generales para Sistemas de Alarma Contra Intrusión. El resto de normas especifica con mayor detalle las características que deben de cumplir todos los elementos que componen el Sistema.

CENELEC en 1997 publicó la norma EN50131-1, sin embargo, esta norma no fue armonizada a nivel nacional debido a la carencia de normativa complementaria publicada que la soportara. Sabíamos qué tipo de elementos debían estar presentes y qué características debían cumplir dependiendo del riesgo en una instalación, pero no había una base que permitiera ensayar estos dispositivos y fuera posible certificar que cumplían las características necesarias.

La publicación de revisiones de la norma existente y otras partes de la norma, EN50131-6 Requerimientos de la fuente de alimentación, EN50131-7 Guía para la Instalación – Instrucciones para el instalador o la EN50136 Requerimientos de los sistemas de transmisión de alarmas, han apoyado la norma de Requerimientos Generales, de tal manera que su revisión publicada en 2004 ya es de obligado cumplimiento en algunos de los países de la Unión. El Reino Unido, ha sido el primer país y desde Octubre de 2005 la EN50131 es de obligado cumplimiento para todos los Sistemas de Alarma contra Intrusión en el Reino Unido.

En la introducción la propia norma declara: “el objetivo del sistema de alarma de intrusión radica en mejorar la seguridad de los locales protegidos. A fin de aumentar al máximo su eficacia, conviene que el sistema de alarma de intrusión se integre con los dispositivos físicos y procedimientos de seguridad apropiados”.

Características como el tiempo de autonomía de los sistemas en caso de fallo de la alimentación principal, los niveles de acceso al sistema o la aplicación del sistema anti-enmascaramiento, se ven afectados por esta nueva normativa como veremos más adelante.

De acuerdo con la EN50131, cualquier establecimiento a proteger deberá ser clasificado según el riesgo intrínseco, considerando el tipo de local, el valor del posible contenido y las expectativas sobre el intruso típico en cada caso. Deberá ser clasificado de 1 a 4, donde 1 será el grado más bajo, correspondiente por ejemplo a una instalación de baja vulnerabilidad y 4 el de mayor riesgo, para instalaciones especiales de alta seguridad.

El proyecto de instalación en el que se debe determinar el nivel de riesgo de una instalación debe realizarlo una empresa instaladora homologada, que deberá establecer el grado de seguridad y el nivel de detección adecuada, siempre en base a la información proporcionada por el usuario final y a la aseguradora, en caso que aplique, respecto al valor del contenido y de acuerdo al nivel de exigencia del propio usuario final.

En el Reino Unido, donde la norma lleva unos cuantos meses de aplicación, tras muchas discusiones al respecto entre los distintos cuerpos y asociaciones responsables, se ha detectado y establecido que los grados de riesgo más habituales elegidos por un instalador sean Grado 2 y Grado 3, dejando Grado 1 para el mercado del “bricolaje casero” y Grado 4 para sistemas especiales de muy alta seguridad.

Para garantizar el correcto funcionamiento de los equipos que componen el sistema de intrusión, se debe tener en cuenta el ambiente en el que van a estar trabajando. Para ello se han definido 4 clases ambientales que van desde Interiores, Clase I, hasta exteriores en general Clase IV.

Una vez que se ha establecido el nivel de riesgo y la clase ambiental adecuada, se deben seleccionar los productos adecuados que cumplan el grado de seguridad decidido. Para ello, hay que tener en cuenta que según la norma, el grado de seguridad del sistema será el correspondiente al de su eslabón más débil, es decir, que si todos los elementos son de Grado 3 salvo un sensor, que es de Grado 2, el sistema será considerado de Grado 2.

El grado de seguridad define las siguientes características: autorización, niveles de acceso, manejo, procesamiento, detección, notificación, alimentación, seguridad de la autoprotección, supervisión de enlaces y registro de incidencias...

Utilizamos cookies propias y de terceros, para realizar el análisis de la navegación de los usuarios. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso. Puedes cambiar la configuración y obtener más información en nuestro Aviso legal.

Acepto utilizar las cookies de este sitio web.

EU Cookie Directive Module Information